Ley 790 Chubut: reglamentación pendiente

septiembre 19, 2026 | Cannabis medicinal
septiembre 19, 2026 | Cannabis medicinal

La Ley 790 de Chubut —conocida como "Ley Salomé"— es la norma provincial de cannabis medicinal y cáñamo industrial que fue sancionada por unanimidad por la Legislatura provincial y que, a casi dos años de esa sanción, todavía no fue reglamentada por el Poder Ejecutivo. Eso significa que la ley existe y está vigente como texto, pero le falta el decreto que define cómo se aplica en la práctica: registros, procedimientos, organismos y herramientas concretas.

A1 Club adhiere y firma la solicitada provincial que reclama esa reglamentación. Somos el primer firmante de la carta abierta publicada por Diario Jornada el 18 de septiembre de 2026 bajo el título "A casi dos años, La Ley I N.º 790 sigue esperando", en representación de A1 Club Comodoro Rivadavia (John Aguilar). No comentamos este reclamo desde afuera: formamos parte de él.

¿Qué dice la Ley I N.º 790 y qué falta para que funcione?

La Ley I N.º 790 de cannabis medicinal de la Provincia del Chubut, popularmente llamada "Ley Salomé", es el marco provincial que aborda el cannabis medicinal y el cáñamo industrial en el territorio chubutense. Fue sancionada por unanimidad por la Legislatura provincial, un dato que conviene subrayar: no hubo disputa política sobre su contenido, hubo acuerdo pleno entre todos los bloques.

El origen de esa norma tiene nombre propio y una historia de familias, pacientes y organizaciones que la empujaron durante años. Lo contamos en detalle en el post sobre el hito de la Ley Salomé.

Lo que le falta a la Ley 790 es el paso siguiente: la reglamentación. Una ley sancionada establece el marco general —qué se reconoce, qué se habilita, qué se propone ordenar—, pero no baja al detalle operativo. Ese detalle lo define el Poder Ejecutivo a través de un decreto reglamentario. Sin esa pieza, la reglamentación de la Ley 790 en Chubut sigue siendo una deuda pendiente, y la norma queda con fuerza declarativa pero sin maquinaria administrativa que la haga funcionar.

¿Qué significa reglamentar una ley y por qué sin eso queda en el papel?

Reglamentar una ley es dictar las normas operativas que permiten aplicarla. Es el paso que traduce un texto general en trámites, formularios, plazos, autoridades de aplicación y circuitos concretos.

Conviene distinguir tres momentos que suelen confundirse:

Mientras el tercer paso no ocurre, quedan sin definir decisiones muy prácticas: quién es la autoridad de aplicación provincial, cómo se inscribe una organización, qué documentación hace falta, qué circuito administrativo recorre un expediente, cómo se articula el nivel provincial con el nacional y con los municipios.

La carta abierta lo plantea con una frase que vale citar textual: "la reglamentación no es el final del camino. Es el comienzo." Después del decreto todavía hacen falta resoluciones, poner en funcionamiento registros y organismos, establecer procedimientos y generar herramientas para que la ley se aplique de verdad. Por eso cada día de demora no se pierde solo hoy: suma tiempo a una implementación que ya viene demorada.

Qué plantea la solicitada provincial que firmó A1 Club

La solicitada es una carta abierta firmada en septiembre de 2026 por pacientes, profesionales de la salud, productores, ONGs y demás actores vinculados a la Ley I N.º 790 de la Provincia del Chubut. Pide una sola cosa: que el Gobierno provincial reglamente con urgencia la ley de cannabis medicinal y cáñamo industrial.

Según la nota de Diario Jornada del 18/9/2026, los firmantes acompañaron procesos institucionales, participaron de reuniones y esperaron que el Estado provincial completara el camino. La carta describe consecuencias concretas de la demora: productores al borde de la quiebra, organizaciones que no pueden sostener sus estructuras, inversiones paralizadas, proyectos en riesgo de desaparecer, pacientes esperando y profesionales de la salud sin un marco que les permita garantizar el acceso.

El reclamo abarca toda la provincia. Hay firmantes de Comodoro Rivadavia, Trelew, Puerto Madryn, El Maitén y la Comarca Andina. Entre las organizaciones que adhieren figuran Green Side, La Boutique del Cultivo, Whale Leaf Farm, la Mesa Intersectorial de Cannabis y Cáñamo Industrial de Comodoro Rivadavia, Fundación Hijos Cultivando, Magallanes Farms, 4 Almas, Patagonia Cultiva, Cannabicultores del Viento, Madres autoconvocadas por los derechos de sus hijos y la planta, Mamá Cultiva Argentina y el Colegio de Psicólogas y Psicólogos del Chubut.

El cierre de la carta también merece cita textual: "No estamos solicitando privilegios ni excepciones. Estamos reclamando que una ley sancionada por la Legislatura pueda ser efectivamente aplicada."

Ese es el tono, y es el que sostenemos desde A1 Club: un reclamo institucional, no partidario. No se acusa a nadie ni se atribuyen intenciones. Se pide que se complete un trámite que la propia Legislatura ya habilitó por unanimidad.

Cómo impacta la demora en pacientes y cultivadores solidarios de Chubut

La falta de reglamentación de la Ley Salomé no se siente igual en todos lados, y esa es una de las razones por las que el reclamo es provincial y no de una sola ciudad.

Chubut es un territorio enorme y con población dispersa. Quien vive en Comodoro Rivadavia tiene hoy una ordenanza municipal vigente y una mesa de trabajo institucional en funcionamiento. Pero quien vive en Trelew, en Esquel o en pueblos del valle como Gaiman tiene menos puntos de referencia institucional cerca y termina resolviendo trámites, consultas y gestiones a distancia, muchas veces sin saber a qué oficina provincial corresponde cada cosa. La reglamentación de la Ley Salomé en Trelew —o en cualquier otra localidad— no sería un beneficio local: sería el mismo estándar aplicado en toda la provincia.

Ahí está el punto. Una norma provincial reglamentada ordena el acceso de manera pareja, porque define un circuito único que no depende de si tu municipio avanzó por su cuenta o no. Hoy, sin reglamentación, la experiencia de una persona usuaria o de una organización varía según dónde esté parada, y eso genera desigualdad territorial dentro de la misma provincia.

Los efectos que la carta enumera se traducen en cosas muy concretas:

Nada de esto es un juicio sobre personas ni sobre gestiones. Es la descripción de lo que ocurre cuando una ley sancionada no tiene todavía su herramienta de aplicación.

¿Qué marco legal rige hoy el cannabis medicinal en Chubut?

Hoy, en Chubut, el marco operativo para acceder legalmente al cannabis medicinal es la Ley Nacional 27.350 y su registro, el REPROCANN. Eso está vigente y funciona: es la vía por la cual una persona con indicación de un profesional de la salud queda inscripta como usuaria y puede designar su cultivo —propio, de un cultivador solidario o de una asociación civil registrada—.

Es importante que esto quede claro: que la Ley 790 no esté reglamentada no significa que no haya ninguna vía legal disponible. El camino nacional sigue abierto y es el que hoy da cobertura a pacientes y a organizaciones como A1 Club.

En Comodoro Rivadavia se suma además la Ordenanza Municipal 17.219/24, que ordena el tema a nivel local, y el trabajo de la Mesa Intersectorial en Comodoro, un espacio de articulación institucional que muestra que cuando hay decisión de ordenar, se ordena. Ese contraste es parte del argumento del reclamo: el nivel municipal avanzó, el nacional está operativo, y falta cerrar el nivel provincial.

Lo que cambiaría con la reglamentación de la ley provincial de cannabis medicinal de Chubut es la integración: un circuito propio, con autoridad de aplicación provincial definida, que articule lo nacional con lo municipal y alcance por igual a toda la provincia, del valle a la cordillera y al golfo.

Cómo sumarse al reclamo y acompañarse en el proceso

Si te interesa el tema, lo primero es informarte en la fuente. La carta completa está publicada en Diario Jornada del 18/9/2026, actualizada el 19/9/2026: "A casi dos años, La Ley I N.º 790 sigue esperando". Leerla y difundirla es, en sí mismo, una forma de acompañar.

La segunda es participar del entramado asociativo. A1 Club es una asociación civil sin fines de lucro que trabaja desde Comodoro Rivadavia y Rada Tilly bajo la Ley Nacional 27.350, la Ley Provincial I N.º 790 "Ley Salomé" y la Ordenanza Municipal 17.219/24. Las asociaciones civiles somos, entre otras cosas, el espacio donde estos reclamos se organizan y se sostienen colectivamente.

Y si estás en medio del recorrido —con el trámite empezado, con dudas sobre el REPROCANN, o simplemente sin saber por dónde arrancar—, el camino vigente sigue siendo el nacional y no depende de que la provincia reglamente. Sobre cómo funciona ese acompañamiento escribimos en la nota sobre acompañamiento en cannabis medicinal en Chubut.

Reclamar la reglamentación y sostener el acceso por las vías disponibles no son cosas opuestas: son las dos partes del mismo trabajo. Una ley sancionada por unanimidad merece poder aplicarse. Eso es todo lo que se está pidiendo.


Fuente: Diario Jornada, 18/9/2026 (actualizada el 19/9/2026) — "A casi dos años, La Ley I N.º 790 sigue esperando".

Contenido informativo de carácter institucional. No reemplaza la consulta con un profesional de la salud ni constituye asesoramiento legal personalizado. Cualquier decisión sobre un tratamiento con cannabis medicinal corresponde al equipo médico tratante de cada persona.

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