El Consejo Consultivo de Cannabis de Comodoro es el Consejo Consultivo Honorario Municipal creado por la Ordenanza Municipal N° 17.219/24 de Comodoro Rivadavia, sancionada el 5 de septiembre de 2024 y publicada en el Boletín Oficial Municipal N° 141. El 14 de octubre de 2026, ese espacio fue recibido por la Comisión 3 de Políticas de Salud del Concejo Deliberante de Comodoro Rivadavia para debatir el avance en la implementación de la Ordenanza Municipal 17.219/24, que crea el Consejo Consultivo de Cannabis.
Lo que sigue es una explicación ordenada de qué ocurrió, qué es cada una de las piezas institucionales involucradas y cómo se encastran los tres niveles —nacional, provincial y municipal— para alguien que no viene siguiendo el tema de cerca.
El 14 de octubre de 2026, el Concejo Deliberante de Comodoro Rivadavia comunicó a través de su cuenta institucional que la Comisión 3 | Políticas de Salud recibió al Consejo Consultivo de Cannabis. Según la publicación del Concejo Deliberante, el espacio estuvo integrado en parte por el Secretario de Salud Municipal, Jorge Espindola, y el presidente de Comodoro Conocimiento, Rubén Zárate.
El motivo del encuentro es el avance en la implementación de la Ordenanza Municipal 17.219/24.
Vale la aclaración metodológica, porque hace a la precisión: la publicación no lista la totalidad de los integrantes que participaron —dice expresamente "integrado en parte por"— ni informa conclusiones, resoluciones, plazos ni anuncios. Por eso este artículo no atribuye posiciones a ninguna de las personas mencionadas ni da por cerrada la lista de asistentes. Lo verificable es el hecho institucional: la comisión de salud del Concejo recibió al Consejo Consultivo y el tema tratado fue el avance en la implementación de la Ordenanza Municipal 17.219/24.
Para quien no sigue la vida legislativa local: las comisiones del Concejo Deliberante son los ámbitos donde los concejales estudian los temas antes de que lleguen al recinto, y suelen recibir a organismos, organizaciones y áreas del Ejecutivo municipal para escuchar informes y debatir. Que un tema entre a comisión significa que está en agenda formal de trabajo.
El Consejo Consultivo Honorario Municipal de cannabis de Comodoro Rivadavia no es un espacio informal ni una mesa improvisada: lo crea la Ordenanza 17.219/24 de cannabis de Comodoro, una norma de 16 artículos sancionada el 5/9/2024.
Según esa ordenanza, el Consejo se integra con la Secretaría de Salud municipal, la Agencia Comodoro Conocimiento, concejales, la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco (UNPSJB), organizaciones civiles, el INTA y el área de Farmacovigilancia/ANMAT. Es decir: Estado municipal, universidad pública, organismos técnicos nacionales y sociedad civil sentados en la misma estructura.
La Ordenanza 17.219/24 no se agota en el Consejo. También integra al municipio al Programa Nacional previsto por la Ley 27.350 y crea un conjunto de herramientas locales:
Una precisión importante para no confundir espacios: el Consejo Consultivo Honorario no es lo mismo que la Mesa Intersectorial de Cannabis y Cáñamo Industrial de Comodoro Rivadavia. Son ámbitos distintos, con origen y composición distintos. El recorrido de ese otro espacio lo contamos en la nota sobre la Mesa Intersectorial de Comodoro, que funciona como antecedente del ordenamiento institucional del tema en la ciudad.
La política de cannabis medicinal en Chubut se entiende mejor si se separan tres niveles que conviven y regulan cosas distintas.
Nivel nacional — Ley 27.350. Es la ley que crea el Programa Nacional para el estudio e investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales. De ese marco depende el REPROCANN, el registro nacional por el cual una persona con indicación de un profesional de la salud queda inscripta y puede designar su cultivo: propio, de un cultivador solidario o de una asociación civil registrada. Esta vía está vigente y operativa hoy en todo el país.
Nivel provincial — Ley I N° 790, "Ley Salomé". Fue sancionada por unanimidad por la Legislatura del Chubut el 26 de septiembre de 2024 y crea estructuras provinciales propias. El punto pendiente es que todavía no fue reglamentada por el Poder Ejecutivo provincial: el texto está vigente, pero falta el decreto que define cómo se aplica. Desarrollamos el articulado y los plazos en el artículo sobre qué dice la Ley Salomé, y el estado del reclamo provincial en el post sobre la reglamentación pendiente de la Ley 790.
Nivel municipal — Ordenanza 17.219/24. Ordena el tema en Comodoro Rivadavia, integra al municipio al Programa Nacional y crea el Consejo Consultivo Honorario junto a las demás herramientas locales.

Hay un dato que explica buena parte del cuadro: el 23 de mayo de 2026, Rubén Zárate señaló públicamente que la reglamentación municipal espera a la provincial. Dicho de otro modo, lo local avanzó en estructura y en espacios de trabajo, y parte de su implementación plena quedó condicionada a que la provincia complete el paso que la Ley 790 todavía tiene pendiente.
Que exista un espacio institucional donde el Estado municipal, la universidad, los organismos técnicos y las organizaciones civiles discuten la implementación de la Ordenanza Municipal 17.219/24 cambia algo concreto: hay una mesa identificable, con nombre y creada por ordenanza, donde el tema se trata de manera formal y no caso por caso.
Eso aporta, en el mediano plazo, tres cosas: previsibilidad (reglas conocidas en lugar de criterios dispersos), canales de consulta (un ámbito donde las dudas institucionales tienen a quién dirigirse) y ordenamiento del cultivo solidario (circuitos claros para quienes cultivan bajo el marco legal vigente).
Esto se sigue de cerca en toda la región sur de Chubut. Comodoro Rivadavia es la ciudad cuya ordenanza crea el marco local y donde funciona el Concejo Deliberante que recibió al Consejo Consultivo. En Rada Tilly y en Sarmiento hay pacientes, familias y cultivadores que miran con atención cómo se ordena el tema a nivel municipal, porque cuando una ciudad de la región define procedimientos, el resto del territorio toma referencia de ese estándar. No corresponde afirmar que esas localidades tengan normativa propia sobre el tema ni representación en ese espacio: lo que sí es real es el interés de quienes viven ahí por un marco regional más claro.
Y una aclaración que conviene dejar explícita, porque es la pregunta más frecuente: nada de esto modifica hoy la vía de acceso vigente, que sigue siendo el REPROCANN bajo la Ley Nacional 27.350, con la indicación del profesional de la salud correspondiente. Cualquier decisión sobre un tratamiento la toma el equipo médico tratante de cada persona.
Las asociaciones civiles sin fines de lucro de cultivo solidario aportan a este esquema tres funciones bastante concretas: registro (acompañar a las personas asociadas en su inscripción y en la designación formal del cultivo), trazabilidad (que cada cultivo esté vinculado a personas inscriptas y no quede en una zona gris) y acompañamiento institucional del recorrido administrativo, que para muchas familias es la parte más confusa del proceso. Sobre ese recorrido escribimos en la nota de acompañamiento en cannabis medicinal en Chubut.
A1 Club es una asociación civil sin fines de lucro de cultivo solidario que trabaja desde Comodoro Rivadavia y Rada Tilly bajo la Ley Nacional 27.350, la Ley Provincial I N° 790 "Ley Salomé" y la Ordenanza Municipal 17.219/24.
Corresponde ser preciso sobre nuestro lugar en este escenario, porque es fácil confundir ámbitos que se parecen. Lo único que consta en la fuente es que el Concejo Deliberante recibió a ese espacio. Lo que sí está verificado sobre nuestra participación institucional es que A1 Club integra la Mesa Intersectorial de Cannabis y Cáñamo Industrial de Comodoro Rivadavia —un ámbito distinto del Consejo Consultivo— y que mantiene convenio con la Agencia Comodoro Conocimiento.
Hacemos esa distinción porque en este tema la confusión entre espacios es frecuente, y la precisión institucional es parte del trabajo.
Para seguir el tema con fuentes y no con versiones, estos son los lugares a los que conviene ir:
Si estás empezando a informarte, o si no te queda claro cómo se articulan hoy lo municipal, lo provincial y lo nacional, podés escribirnos a A1 Club y lo vemos con calma, sin apuro. Informarse bien es la mejor manera de moverse en un marco legal que todavía está completándose.
Fuente: Concejo Deliberante de Comodoro Rivadavia, publicación del 14/10/2026 — Comisión 3 | Políticas de Salud.
Contenido informativo de carácter institucional. No reemplaza la consulta con un profesional de la salud ni constituye asesoramiento legal personalizado. Cualquier decisión sobre un tratamiento con cannabis medicinal corresponde al equipo médico tratante de cada persona.